Armas "prohibidas" internacionalmente para la guerra
En el mundo existen armas con efectos tan devastadores que han sido prohibidas por los organismos de derechos humanos internacionales, armas capaces de devastar ciudades completas, mutilar personas, quemarlas hasta los huesos, intoxicarlas, envenenarlas, producir ceguera, romper sus órganos sin producir daños exteriores, inducir cáncer y hasta contaminar el suelo y el agua.
A continuación les mostrare estas armas, explicare su accionar y quienes las emplean...
Municiones en racimo
Las municiones en racimo han tenido terribles consecuencias en los civiles; han causado la muerte y heridas a grandes números de personas y han originado persistentes problemas socioeconómicos. En 2008, los Gobiernos negociaron y aprobaron la Convención sobre Municiones en Racimo. Que prohíbe el empleo, la producción, el almacenamiento y la transferencia de municiones en racimo y obliga a los Estados a tomar medidas específicas para que esas armas no se cobren nuevas víctimas.
El tratado establece un marco general para abordar los problemas asociados a esas armas. Prohíbe el empleo, la producción, la adquisición, el almacenamiento, la retención y la transferencia de municiones en racimo. Además, dispone que los Estados deben destruir sus reservas de municiones en racimo y los compromete a limpiar las áreas contaminadas con submuniciones sin estallar o con municiones en racimo abandonadas.
Es importante destacar que la Convención también obliga a los Estados a brindar atención médica, rehabilitación, apoyo psicológico e inserción socioeconómica de las víctimas de municiones en racimo en zonas bajo su jurisdicción
En mayo de 2008, 107 Estados aprobaron el tratado internacional por el que se prohíbe el empleo de esas armas. Las negociaciones que culminaron con la aprobación de dicho tratado se enmarcaron en el " Proceso de Oslo " , una iniciativa noruega.
Armas bacteriológicas
La prohibición del empleo de las armas bacteriológicas se estipula en el Protocolo de Ginebra de 1925 sobre la prohibición del empleo, en la guerra, de gases asfixiantes, tóxicos o similares y de medios bacteriológicos.
La Convención de 1972 es complementaria del Protocolo, puesto que prohíbe el desarrollo, la producción, el almacenamiento, la adquisición, la retención y la transferencia de las armas bacteriológicas, además de exigir su destrucción.
Al término de la Primera Guerra Mundial, se condenaba ampliamente el empleo de medios de guerra químicos y bacteriológicos, el cual fue prohibido en el Protocolo de Ginebra de 1925, instrumento precursor de la Convención de 1972 sobre la prohibición de armas bacteriológicas .
La Convención de 1972, fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, y se abrió a la firma en Londres, Moscú y Washington el 10 de abril de 1972. Entró en vigor el 26 de marzo de 1975 y es vinculante hoy para una amplia mayoría de Estados
Fragmentos no localizables
Convención de 1980 sobre Ciertas Armas Convencionales - Protocolo I: fragmentos no localizables Este Protocolo prohíbe el empleo de cualquier arma cuyo efecto principal sea lesionar mediante fragmentos que no puedan localizarse por rayos X en el cuerpo humano.
Explosivos de metal pesado inerte
El mas reciente y estremecedor juguete de las fuerzas Norteamericanas e Israelies.
Usado actualmente por Israel sobre Gaza.
Los explosivos DIME (Dense Inert Metal Explosive) están compuestos por una aleación de tungsteno y metales pesados como cobalto, níquel, cobre o hierro. Igual que el fósforo blanco se utiliza en ataques aéreos y terrestres. Según Amnistía Internacional, una vez que alcanza su objetivo se desintegra en esquirlas minúsculas y activa un explosivo que dispara micro esquirlas cortantes radioactivas.
Este tipo de armamento estaría especialmente diseñado para acciones bélicas en lugares con población civil pues concentra su poder destructivo para evitar daños colaterales no buscados. Sin embargo, esto a la vez aumentaría el daño en las personas alcanzadas. Fueron usados por primera vez con fines militares en Líbano en 2006, actualmente son usados por Israel sobre Gaza
La acción de los DIME genera micropartículas de metralla que desgarran la carne y cuya única cura es la amputación. También pueden darse casos donde exteriormente no se presentan heridas visibles pero las micro esquirlas penetran el cuerpo produciendo daños internos. "A largo plazo estas armas tendrán un efecto cancerígeno".
No hay ninguna legislación internacional específica que regule el uso de estas armas y en eso es lo que se basa el Gobierno israelí para defender la legalidad de las operaciones que están llevando a cabo. El fósforo blanco ni los explosivos DIME están prohibidos expresamente.
Pero El artículo 35.2 del Convenio de Ginebra "prohíbe el uso, en los conflictos armados, de armas, proyectiles, material y métodos de guerra cuya naturaleza sea causa de lesiones superfluas o sufrimientos innecesarios". Y los artículos "48, 51.2, 52.2.13.2 hacen relación a la prohibición de armas que no distinguen entre la población civil y militar".
Mina antipersonal
El Protocolo II, del tratado de 1980, prohíbe o restringe el empleo de las minas terrestres (antipersonal y antivehículo ), armas trampa y otros artefactos explosivos, según las definiciones siguientes: Mina antipersonal: mina concebida primordialmente para que explosione por la presencia, la proximidad o el contacto de una persona y que incapacite, hiera o mate a una o más personas
El empleo de las minas se rige también por la Convención de 1997 sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción para los Estados que son partes en este instrumento
Las partes en conflicto que empleen minas, armas trampa y otros artefactos deben:
•retirarlos tras el cese de las hostilidades
•tomar todas las precauciones para proteger a las personas civiles (art.3.10);
•dar aviso previo efectivo de todos los emplazamientos de estas armas que puedan afectar a la población civil(art.3.11);
•conservar todos los registros sobre la ubicación de esas armas (art. 9);
•tomar medidas de protección de las misiones de las Naciones Unidas, y otras organizaciones humanitarias contra los efectos de esas armas (art.12).
•Todas las minas antipersonal deben ser detectables con un equipo corriente de detección de minas (art. 4).
•Las minas antipersonal que no sean minas lanzadas a distancia
deben estar provistas de mecanismos de autodestrucción y de auto desactivación,, a no ser que estén colocadas en campos señalados, cercados y vigilados por personal militar para impedir efectivamente que las personas civiles penetren en ellos, y b) sean retirados antes de evacuar la zona.
•Las minas antipersonal lanzadas a distancia deben atenerse a las disposiciones relativas a la
autodestrucción y la auto desactivación (art.6.2).
•Las minas antivehículo lanzadas a distancia deben estar provistas, de un mecanismo de autodestrucción o de auto neutralización y tener un dispositivo de auto desactivación de reserva
(art.6.3).
•Que dan prohibidas las transferencias de armas cuyo uso esté proscrito. No se puede transferir ninguna mina a un receptor distinto de un Estado y está prohibido transferir minas antipersonal aun Estado que no está obligado por el Protocolo, a no ser que éste acepte aplicarlo (art.8).
Armas trampa
En esta categoría entra Todo artefacto concebido o adaptado para matar o herir, y que funciona inesperadamente cuando una persona mueve un objeto al parecer inofensivo (como abrir una puerta) o al aproximarse a él.
Las armas trampa y otros artefactos no pueden (art.7):
•tener el aspecto de objetos portátiles inofensivos;
•emplearse en el interior de una concentración de civiles en la que no se libren combates;
•estar vinculados o asociados, entre otras cosas, a los emblemas y signos protectores reconocidos, a personas enfermas, heridas o muertas, a equipos sanitarios, juguetes, alimentos o monumentos históricos.
Entre sus obligaciones generales, los Estados Partes deben adoptar todas las medidas pertinentes,incluidas medidas legislativas y de otra índole, para prevenir y reprimir las violaciones del Protocolo cometidas por personas o en territorios sujetos a su jurisdicción o control (art.14)
Otros artefactos explosivos
Municiones y artefactos colocados manualmente, incluidos los artefactos explosivos improvisados que estén concebidos para matar o herir y que sean accionados manualmente, por control remoto o de manera automática con efecto retardado.
Las armas trampa y otros artefactos no pueden:
•tener el aspecto de objetos portátiles inofensivos;
•emplearse en el interior de una concentración de civiles en la que no se libren combates.
•estar vinculados o asociados, entre otras cosas, a los emblemas y signos protectores reconocidos, a personas enfermas, heridas o muertas, a equipos sanitarios, juguetes, alimentos o monumentos históricos
Minas M18A1 Claymore
Es una devastadora mina antipersonal direccional, utilizada por el ejército de Estados Unidos y sus aliados de la OTAN, al accionarla dispara una lluvia de bolas de acero hacia donde está apuntada la mina
Utilizada desde Vietnam es posible activarla por cables detonadores, censores láser, detonador manual, presión, temporizador, censores acústicos y censores de vibración.
Esta mina esta prohibida por algunos países por su letal composición, La M18A1 Claymore está compuesta por una caja convexa de plástico siendo letal en un rango de 50 metros. Internamente, la mina está compuesta por 680grs de explosivo C-4 y 700 bolas de acero de 3.2mm que actúan como metralla.
Cuando se explosiona, las bolas de acero, de casi 1gr cada una, salen proyectadas como una nube a una impresionante velocidad de 1200m/s y en ángulo de 60º, pero el C-4 tiene tanta fuerza que las mismas bolas de acero se fragmentan y deforman en proyectiles más pequeños, convirtiendo a cualquier persona que se encuentre en un rango de hasta 100 metros en carne picada.
Armas incendiarias
Convención de 1980 sobre Ciertas Armas Convencionales establece que las armas incendiarias son las concebidas primordialmente para incendiar objetos o causar quemaduras a las personas mediante la acción de las llamas o del calor, por ejemplo, los lanzallamas (art.1).
Lanzallamas
Convención de 1980 (art.1) Queda prohibido en todas las circunstancias utilizarlas contra la población civil. También está prohibido atacar con armas incendiarias lanzadas desde el aire cualquier objetivo militar ubicado en una concentración de personas civiles.
Por último, queda prohibido atacar con armas incendiarias los bosques u otros tipos de cubierta vegetal, salvo cuando esos elementos naturales se utilicen para ocultar a combatientes u otros objetivos militares (art.2).
Bombas de Napalm
El Napalm o gasolina gelatinosa es un combustible que produce una combustión más duradera que la de la gasolina simple. Esta característica ha hecho que sea utilizado con fines militares siendo capaz de incinerar todo tipo de material.
se emplea arrojándolo dentro de bombas, cohetes o en cargas de cañón, actualmente su uso se encuentra regulado por el articulo 2 de la Convención de 1980 que establece la prohibición de atacar con armas incendiarias lanzadas desde el aire cualquier objetivo militar ubicado en una concentración de personas civiles.
Bombas de Fósforo blanco
El Fósforo blanco es una brutal arma usada como agente incendiario, es arrojado dentro de bombas o cargas de cañón y tiene la capacidad de producir quemaduras que llegan hasta el hueso, el fósforo blanco arderá en la piel hasta que se lo prive de oxígeno. debido a la absorción del fósforo en el cuerpo a través de las áreas alcanzadas, resultando dañados órganos internos como el corazón, el hígado o el riñón.
El fósforo blanco está permitido para crear cortinas de humo o iluminar a las tropas.
Sin embargo "el lanzamiento de fósforo blanco de forma deliberada contra zonas habitadas puede ser considerado un delito punible por el Tribunal Penal Internacional".
En concreto el Protocolo III de la Convención sobre Armas Convencionales (CCW) de 1980 prohíbe "en todas las circunstancias atacar con armas incendiarias a la población civil como tal, a personas civiles o a bienes de carácter civil". Y esto es justamente lo que se está haciendo en Gaza.
"Con la densidad de población que hay, es imposible distinguir entre combatientes y civiles", violando los artículos "48, 51.2, 52.2.13.2 hacen relación a la prohibición del uso de armas que no distinguen entre la población civil y militar".
Armas láser cegadoras
Protocolo IV: armas láser cegadoras El Protocolo IV prohíbe emplear o transferir a un Estado o a cualquier otra entidad armas láser específicamente concebidas para causar ceguera permanente (art. 1).
Al emplear sistemas láser, se tomarán todas las medidas viables, para evitar el riesgo de ocasionar ceguera permanente. Estas precauciones incluyen la instrucción de las fuerzas armadas y otras medidas prácticas (art.2).
Restos explosivos de guerra
Por "restos explosivos de guerra" se entiende los artefactos utilizados o disparados pero que no hicieron explosión como hubieran debido (artefactos sin estallar) y reservas de artefactos explosivos dejados en el campo de batalla (artefactos abandonados).
Esas armas incluyen obuses, granadas de mortero, granadas de mano, bombas racimo y otras submuniciones, así como otras armas análogas.
En virtud del Protocolo, cada parte en un conflicto armado deberá tras el cese del conflicto tomar
medidas para reducir los peligros que entrañan los restos explosivos de guerra.
Cargas de fragmentación
Categoría compuesta por cargas de cañón, morteros, bombas, cohetes o proyectiles de tanques que contengan flechettes (dardos de metal), bolas, cilindros de acero o tungsteno, clavos o cualquier otro material de dispersión no explosivo destinados a producir cortinas de esquirlas sobre el blanco.
Cargas con Flechettes
Los flechettes, son simples pero muy eficaces artefacto para matar desde el aire. Son pequeña flechas o dardos, formados por una pequeña barra de acero de unos 10 a 5 centímetros de longitud y unos 60 gramos de peso, afilado en un extremo y con aletas estabilizadoras en el otro extremo.
Actualmente son empleados para producir cortinas de esquirlas al ser arrojados dentro de cargas de cañón, bombas, cohetes o proyectiles de tanques, estas cargas pueden contener hasta 9000 flechettes.
El ejército israelí está utilizando actualmente bombas de fragmentación en su ofensiva en Gaza,
Generalmente son disparadas por tanque y se describe como un "arma imprecisa" mal adaptado al combate en una zona urbanizada, ya que estallan en el aire por encima de un objetivo, y envían a la zona miles de diminutos dardos de acero.
Mientras que los flechettes no están expresamente prohibidos por los derechos humanitarios internacionales en su totalidad, las circunstancias hacen que su uso en la Franja de Gaza sea ilegal. Uno de los principios fundamentales es la obligación de distinguir entre aquellos que están involucrados y los que no participan en los combates, para evitar las posibles lesiones a los que no están involucrados.
Teniendo esto en cuenta esta mas que claro que estas armas utilizadas en escenarios de guerra urbana producen un gran daño colateral afectando a civiles y combatientes por igual.
Cargas con bolas de acero
Funcionan bajo el mismo principio de las cargas de flechettes pero poseen mayor poder destructivo, su función es como Bomba, antipersonal y antivehículo.
Un proyectil de este tipo puede contener fácilmente una carga de 5000 bolas de acero en su interior, la altura mínima de lanzamiento es de 80 m, su Velocidad de lanzamiento es de 350 a 550 kts y son capases de Penetrar Placas Blindadas de 7 a 20 mm, o destrozar un cuerpo con facilidad.
Armas Nucleares
Considerando la devastación que una guerra nuclear produciría en el mundo, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, EEUU y la Federación de Rusia el 1
de julio de 1968, firmaron el Tratado de no proliferación de armas nucleares, que consta de once (11) artículos. A continuación citare los mas importantes
ARTICULO I
Cada Estado poseedor de armas nucleares firmante, se compromete a no traspasar a nadie armas nucleares; y a no ayudar, alentar o inducir en forma alguna a ningún Estado no poseedor de armas nucleares a fabricar o adquirirlas
ARTICULO II
Cada Estado no poseedor de armas nucleares que sea parte en el tratado se compromete a no recibir de nadie ningún traspaso de armas nucleares; a no fabricar ni adquirirlas.
ARTICULO IV
1. Nada de lo dispuesto en este tratado se interpretará en el sentido de afectar el derecho inalienable de todas las Partes en el tratado de desarrollar la investigación, la
producción y la utilización de la energía nuclear con fines pacíficos sin discriminación y de conformidad con los arts. I y II de este tratado.
ARTICULO VI
Cada Parte en el tratado se compromete a celebrar negociaciones de buena fe sobre medidas eficaces relativas a la cesación de la carrera de armamentos nucleares en fecha cercana y al desarme nuclear, y sobre un tratado de desarme nuclear general y completo bajo estricto y eficaz control internacional.
Munición de uranio empobrecido
Esta es un tipo de arma ampliamente condenada por la comunidad internacional, pero que se usa aún hoy día, siendo capaz de eliminar a un elevado numero de personas de manera indiscriminada y contaminando la tierra a su paso
El uranio empobrecido, es usado en la fabricación de municiones por su alta densidad y alto punto de fusión. A pesar de su nivel bajo de radiactividad, al ser usado con la suficiente frecuencia sobre una zona de conflicto puede provocar a corto y medio plazo un incremento sustancial de los casos de cáncer. Se han documentado casos en Kosovo, Serbia y Siria, y sobre todo en Irak donde el ejército estadounidense las usó intensamente.
Los proyectiles de uranio empobrecido, al impactar, liberan y pulverizan su carga que puede contener trazas de material radioactivo por lo que se los podría considerar como bombas sucias.
El uranio empobrecido es un derivado del proceso de producción de uranio enriquecido para reactores nucleares. Es 2,5 veces más denso que el acero, lo que le permite penetrar las defensas de búnkeres y vehículos acorazados. Los países que utilizan este material reconocen que es tóxico, pero no radiactivo.
Bomba Termobárica
Esta arma no se encuentra prohibida aun por Organizaciones de derechos humanos pero es una de las armas más temibles del arsenal norteamericano y ruso, fue usada en Afganistán, Los Balcanes y Chechenia y puede literalmente evaporar todo a su paso.
Una bomba termobárica de alto impulso (HIT) es un arma de "calor y presión", consiste en un contenedor de un líquido volátil o gas a alta presión que está mezclado con un explosivo finamente pulverizado y dos cargas explosivas separadas. Después que es lanzad, la primera carga explosiva revienta el contenedor y produce la dispersión del combustible en una nube que se mezcla con el oxígeno de la atmósfera.
Una vez que el combustible ya se ha mezclado, se detona la segunda carga que propagará la explosión (onda explosiva) por toda la nube de combustible. El resultado es una bola de fuego intensamente concentrada, combinada con el devastador efecto de la sobre-presión de la ráfaga.
La explosión destruye equipo y edificios reforzados; mata y daña a los efectivos adjuntos.
El efecto antipersona de la onda explosiva es más serio en refugios cavados en el suelo, sobre efectivos con algún tipo de protección corporal y en cuevas, edificios y búnkeres.
La sobrepresión ejercida en el interior de la explosión puede alcanzar los tres mega pascales (3 MPa) (430 PSI) y la temperatura puede oscilar entre los 2500ºC y los 3000ºC.
La madre de todas las bombas MOAB Norteamericana
Fuera de la nube, la onda explosiva viaja a más de 3 km/s. dejando tras de sí el vacío, como efecto más serio, el vacío arrastra el combustible no explosionado pero aún en combustión, alcanzando todos los objetos no herméticos dentro del radio de la explosión y produciendo su incineración.
Armas autónomas
El Comité Internacional de la Cruz Roja intervendrá en la reunión de expertos que se celebrará esta semana en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra e instará a los gobiernos a que, en las deliberaciones sobre las armas autónomas, se concentren en la cuestión del control humano que cabe ejercer cuando se hace uso de la fuerza.
En esa reunión se sentará las bases para que los Estados comiencen a considerar las cuestiones fundamentales de índole jurídica, ética y social que plantean los sistemas autónomos de armas.
"El desarrollo de sistemas autónomos de armas influye profundamente en la evolución de la guerra", El principal problema radica en que funciones cruciales como la identificación y el ataque de objetivos, incluidos seres humanos, puedan llevarse a cabo sin control humano. El hecho de que se permita a una máquina tomar decisiones de vida o muerte en el campo de batalla, sin la intervención de un ser humano o con una intervención humana reducida, provoca una profunda desazón".
El CICR solicita que las nuevas armas con funciones autónomas sean objeto de un examen jurídico pormenorizado a fin de garantizar que su eventual uso se ajusta al derecho internacional humanitario, requisito de obligado cumplimiento para los Estados que emplean una nueva arma.
http://www.taringa.net/posts/info/18090878/Armas-prohibidas-internacionalmente-para-la-guerra.html
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