Fuente: Ministerio de Presidencia -
Miércoles, 10 de junio de 2015
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Foto: Ministerio de Defensa.
En el año 2014 se produjo un descenso del 18,0 por ciento en las exportaciones de material de defensa con respecto a 2013. El valor de lo exportado totalizó 3.203,2 millones de euros. Las exportaciones realizadas (3.203,2 millones de euros) supusieron un 87,4 por ciento de lo autorizado (3.666,4 millones de euros).
Los principales mercados de la exportación española se indican en la siguiente tabla:
Las expediciones a los países de la Unión Europearepresentaron un 57,1 por ciento del total. El valor de estas ventas alcanzó 1.830,8 millones de euros frente a 1.414,2 millones de euros en 2013. Dichas expediciones volvieron a recuperarse en valor y en porcentaje respecto a años anteriores y estuvieron distribuidas principalmente entre Reino Unido, Francia, Alemania e Italia, con los que España mantiene proyectos industriales militares en común como los programas del avión de combate Eurofighter y del avión de transporte militar A 400M.
Los países OTAN absorbieron un 65,6 por ciento de las expediciones/exportaciones, con 2.100,8 millones de euros. Las ventas restantes (1.089,4 millones de euros y un 34,0 por ciento), una vez descontadas las expediciones/exportaciones a países de la UE y países OTAN, se repartieron entre 49 países.
Por categorías de productos, destacó por encima de todas la de ‘Aeronaves’, con 2.598,9 millones de euros y un 81,1 por ciento del total.
El valor de las exportaciones derivadas de programas de cooperación ascendió a 1.864,2 millones de euros, representando un 58,2 por ciento del total.
Hubo una denegación de material de defensa consistente en un acuerdo previo de exportación a Sudán del Sur de cuatro aviones de transporte. Esta operación fue denegada en aplicación del artículo 7.1, epígrafes a) y b) del Real Decreto 2061/2008, de 12 de diciembre de 2008, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, así como de los criterios 2, respeto de derechos humanos), 3 (situación interna), 7 (riesgo de desvío) y 8 (adecuación económica y técnica de la exportación) de la Posición Común 2008/944/PESC, de 8 de diciembre, por la que se definen las normas comunes que rigen el control de las exportaciones de tecnología y equipos militares.
Otro material
Las exp ortaciones realizadas de material policial y de seguridad en 2014 alcanzaron un valor de 9,9 millones de euros. Los países de destino sonTúnez, con 2,9 millones de euros y un, 28,9 por ciento; Bolivia, con 2,8 millones de euros y un 28,8 por ciento; Perú, con 1,7 millones de euros y un 17,0 por ciento; Venezuela, con 1,5 millones de euros y un 14,9 por ciento;Libia, con 0,7 millones de euros y un 7,0 por ciento, y Togo, con 0,3 millones de euros y un 3,4 por ciento. Las exportaciones realizadas a Venezuela fueron con cargo a licencias vigentes que habían sido autorizadas en 2013 y, en cualquier caso, antes de la suspensión el 21 de marzo de 2014 de todas las licencias de material antidisturbios. La suspensión sigue vigente.
Las exportaciones realizadas supusieron un 102,9 por ciento de lo autorizado en el mismo período (9,7 millones de euros).
En lo relativo a las operaciones de armas de caza y deportivas, las exportaciones realizadas se situaron en 46,4 millones de euros. Un 80,6 por ciento de estas exportaciones estuvo constituido por cartuchos de caza, lo realizado representó un 38,9 por ciento de lo autorizado (119,3 millones de euros) en el mismo período.
El destino principal fue Estados Unidos, con 18,9 millones de euros y un 40,8 por ciento. Las operaciones restantes estuvieron repartidas entre 57 destinos.
Se produjo una denegación de arma de caza correspondiente a una licencia de exportación a Guinea Bissau de cartuchos de caza. Fue informada desfavorablemente debido a la situación de inestabilidad interna y al riesgo de desvío existentes en el país de destino. En el apartado del material policial y antidisturbios, hubo cuatro denegaciones de licencias de exportación a Egipto de botes de gas lacrimógeno con sus componentes. Fueron denegadas debido a la situación de inestabilidad interna y al riesgo de uso indebido del producto.
El Gobierno español decidió adoptar una serie de medidas urgentes como resultado de los acontecimientos sucedidos en Venezuela y Ucrania en los meses de febrero y marzo de 2014.
La Secretaría de Estado de Comercio, previo informe de la Junta Interministerial Reguladora del Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso (JIMDDU), acordó el 21 de marzo de 2014 suspender las licencias de exportación de armas de fuego y de municiones de caza a Ucrania y de material antidisturbios y de caza a Venezuela que se encontraban vigentes.
En el caso de Ucrania, España aplicó las conclusiones adoptadas por elConsejo de Asuntos Exteriores de la Unión Europea del 20 de febrero de 2014. Estas conclusiones incluían, entre otros aspectos, el acuerdo de suspender las exportaciones a dicho país de equipos que pudieran ser utilizados en represión interna. La suspensión a este país afectó a doce licencias de exportación consistentes en escopetas y rifles de caza, así como diversas cantidades de cartuchos de caza, perdigones, vainas con pistón, pistones de escopetas y pólvora para la fabricación de cartuchos. La suspensión fue levantada el 4 de julio de 2014, al haber cambiado la situación en el país de destino y comprobar que otros países de la Unión Europea habían reanudado sus exportaciones a este destino.
Por lo que respecta a Venezuela, España se adelantó a la mayoría de los países de la Unión Europea en la posible imposición de medidas cautelares, afectando la suspensión a quince licencias de material antidisturbios y a una licencia de cartuchos de caza.
Productos y tecnologías de doble uso
Las exportaciones realizadas de productos y tecnologías de doble uso experimentaron un aumento del 11,1 por ciento en 2014 respecto al año 2013, con un valor de 168,5 millones de euros. Lo realizado representó un 80,4 por ciento de lo autorizado (209,5 millones de euros).
El primer destino en importancia de las exportaciones españolas fue Estados Unidos con 30,8 millones de euros y un 18,3 por ciento. El segundo mercado fue Irán, con 26,4 millones de euros y un 15,7 por ciento.
Las operaciones de exportación a Irán fueron analizadas caso por caso por la JIMDDU y la Secretaría de Estado de Comercio, teniendo en cuenta las sanciones de la ONU y la UE a este destino.
Las exportaciones a Irán de productos y tecnologías de doble uso fueron el resultado de la aplicación de la llamada cláusula catch-all (artículo 4 del Reglamento CE Nº 428/2009).
Los envíos consistieron en válvulas en acero inoxidable, con repuestos, para las industrias de generación de energía, petroquímica, de tratamiento de aguas, del petróleo y del gas, tubos y colectores para un horno industrial en la producción de fertilizantes, así como conjuntos para hornos industriales en acerías.
La R.P. China fue el tercer destino más significativo, con 23,3 millones de euros y un 13,8 por ciento.
Es importante señalar que los envíos a Rusia, con 14,4 millones de euros y un 8,5 por ciento, se realizaron antes de la imposición de las sanciones por parte de la Unión Europea o de acuerdo con las exenciones previstas en las mismas.
En el año 2014, las ventas se concentraron fundamentalmente en la categoría de ‘Tratamiento de los materiales’ (101,1 millones de euros, 60,0 por ciento).
Durante el primer semestre de 2014 fueron informadas negativamente tres licencias de exportación. La primera de ellas tuvo como destino a Irán y consistió en una válvula en acero al carbono para la industria del gas por estar incluido el usuario final en el Reglamento de Ejecución (UE) Nº 945/2012, de 15 de octubre, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 267/2012, de 23 de marzo, relativo a medidas restrictivas contra dicho país. La segunda fue un posible envío a Rusia de una máquina de electroerosión por riesgo de desvío a un programa de misiles y la tercera una exportación a la India de un centro de mecanizado por la existencia de una denegación esencialmente idéntica de un país de la UE, alegando riesgo de desvío a un programa nuclear.
Por último, cabe decir que la cláusula catch-all fue aplicada en cinco casos, consistentes en dos posibles exportaciones a Irán de tubos de válvulas en acero inoxidable con destino a la industria petroquímica, una exportación a Rusia de un centro de fresado, una exportación a Sudán de repuestos para máquinas-herramienta y un envío a Bielorrusia de una máquina de electroerosión.
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